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Mitos y Realidades

Mito 1: La viuda no tiene derecho si había capitulaciones matrimoniales.

Realidad: Las capitulaciones matrimoniales pueden definir cómo se manejarán los bienes durante el matrimonio y en caso de separación o divorcio, pero no eliminan automáticamente el derecho de la viuda a heredar. En Puerto Rico, la viuda tiene derecho a reclamar su porción de la herencia, independientemente de las capitulaciones, aunque el monto puede estar sujeto a las estipulaciones de dichas capitulaciones.

 

Mito 2: Todos los bienes se distribuyen automáticamente después de la muerte.

Realidad: La distribución de bienes no es automática. Dependiendo de si hay testamento o no, los bienes deben seguir los procesos legales correspondientes, que pueden incluir el proceso de sucesión testamentaria o intestada.

 

Mito 3: Los herederos deben pagar deudas del difunto antes de recibir su parte.

Realidad: Los bienes hereditarios se utilizan para pagar las deudas del difunto antes de que se distribuyan a los herederos. Sin embargo, los herederos no son personalmente responsables de las deudas que superen el valor de la herencia.

 

Mito 4: Si no hay testamento, la herencia se distribuye de manera equitativa entre todos los herederos.

Realidad: Si no hay testamento, la herencia se distribuye de acuerdo con las leyes de sucesión intestada de Puerto Rico, que no siempre implican una distribución equitativa. Hay un orden específico que determina quién hereda primero, como el cónyuge, los hijos, y luego otros familiares.

 

Mito 5: La herencia está sujeta a impuestos altos que hacen que los herederos no reciban nada.

Realidad: Aunque existen impuestos de sucesiones en Puerto Rico, hay exenciones y beneficios fiscales que pueden reducir la carga tributaria significativamente. Es importante consultar a un abogado o profesional de impuestos para entender las implicaciones fiscales.

 

Mito 6: Los herederos no pueden renunciar a una herencia.

Realidad: En Puerto Rico, los herederos pueden renunciar a la herencia si así lo desean, mediante una declaración formal. Esto puede ser útil si las deudas del difunto superan el valor de los bienes heredados.

 

Mito 7: Todos los bienes del difunto pasan a su cónyuge automáticamente.

Realidad: La distribución de los bienes depende de si hay un testamento y las condiciones establecidas en él. En ausencia de testamento, los bienes se distribuyen según la ley, lo que puede no significar que el cónyuge reciba todo.

 

Mito 8: La herencia puede ser reclamada inmediatamente después de la muerte.

Realidad: La herencia no puede ser reclamada de inmediato. Existen procesos legales que deben completarse, incluyendo la sucesión testamentaria o intestada, que pueden llevar tiempo.

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